Zonas de protección de manatíes
La Ley de Reserva de Manatíes de Florida (Florida
Manatee Sanctuary Act) establece numerosas
zonas de límite de velocidad de embarcaciones para
protección de los manatíes de las aguas de Florida.
Es ilegal violar cualquiera de estas zonas señalizadas.
Además, es ilegal acosar, cazar, capturar o matar cualquier
mamífero marino, incluidos los manatíes. Debe obedecer estas zonas de
límite de velocidad de embarcaciones:
◆ Área de exclusión de embarcaciones: una señal con forma de diamante vertical
con una cruz en el centro indica la exclusión del paso de todas las embarcaciones o
de determinadas clases de embarcaciones en el área marcada.
◆ Zona de velocidad de marcha lenta sin estela un área demarcada en la que se
sabe que hay una gran cantidad de manatíes. No debe inquietar, molestar, acosar,
perturbar, chocar, lesionar ni dañar los manatíes, y debe navegar a una
velocidad de marcha lenta.
Velocidad sin estela” es la velocidad más baja en la que aún es
posible mantener el gobierno y la marcha de avante. La embarcación no
debe producir estela a esta velocidad.
Zona de baja velocidad estela mínima una zona demarcada en la que se sabe que
hay congregación de manatíes. En una zona de baja velocidad, los operadores de
embarcaciones deben navegar a baja velocidad para evitar inquietar, molestar, acosar,
perturbar, chocar, lesionar o dañar a los manatíes, en forma intencional o negligente.
Baja velocidad” es una velocidad a la que una embarcación navega sin
planear y está en contacto total con el agua; la estela de la embarcación no
debe ser excesiva ni debe crear un peligro para otras embarcaciones.
Zona de velocidad máxima de 25 MPH (40 kph) un área controlada en la que
la velocidad de la embarcación no debe exceder las 25 millas (40 km) por hora. Si
a 25 mph (40 kph), la proa de su embarcación se eleva y reduce la visibilidad, o su
embarcación produce una estela excesiva que pone en peligro a otras embarcaciones
o recursos naturales, debe reducir la velocidad aún más.
Zona de velocidad máxima de 30 MPH (48 kph) un área controlada en la que
la velocidad de la embarcación no debe exceder las 30 millas (48 km) por hora. Si
a 30 mph (48 kph), la proa de su embarcación se eleva y reduce la visibilidad, o su
embarcación produce una estela excesiva que pone en peligro a otras embarcaciones
o recursos naturales, debe reducir la velocidad aún más.
◆ Zona de velocidad máxima de 35 MPH (56 kph) un área controlada en la que
la velocidad de la embarcación no debe exceder las 35 millas (48 km) por hora. Si
a 35 mph (48 kph), la proa de su embarcación se eleva y reduce la visibilidad, o su
embarcación produce una estela excesiva que pone en peligro
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