El guardacostas de Estados Unidos informe de 2008 sobre accidentes marítimos de la Florida muestra 616 accidentes de los cuales 50 accidentes involucraron muertes que causó la muerte a 55 personas. Además, hubo 371 accidentes no mortales y más de $ 22 dólares millones de dólares en daños debido a accidentes de navegación. 106 de estos accidentes involucraron a la colisión con un objeto fijo, 20 de golpear un objeto sumergido, y 190 se debieron a la colisión con otro buque. 25 personas fueron expulsadas por la fuerza de su Barco y 45 personas resultaron heridas caer por la borda. En todo el país, más de dos tercios de las muertes en bote fueron por ahogamiento y 90% de las víctimas de ahogamiento no llevaban puestos los chalecos salvavidas.
Las principales causas de los accidentes, lesiones y daños a la propiedad son la falta de atención del operador, la operación negligente o temeraria, sin vigilancia adecuada, la inexperiencia del operador, y el pasajero o el comportamiento de los esquiadores. Muchos de los accidentes también implican el consumo de alcohol. De hecho, el alcohol fue un factor importante que contribuye en el 17% de las muertes en bote en el 2008.
El 1 de enero de 2010, ley de la Florida ahora requiere que las personas nacidas en o después del 1 de enero 1988, completar un curso aprobado por NASBLA navegante la Educación antes de operar una embarcación impulsada por un motor de 10 caballos de fuerza o más (esto incluye los vehículos acuáticos personales como motos de agua y motos de agua). La ley también requiere que las personas afectadas por esta legislación tiene en su poder un navegante de seguridad Tarjeta de Identificación emitida por el Florida Fish and Wildlife Conservation Commission y de identidad con fotografía mientras se conduce un barco. Florida no tiene una "licencia de navegación." El Navegación Seguridad Tarjeta de Identificación de educación es la prueba del cumplimiento satisfactorio de los requisitos educativos y es válido para toda la vida.
La Florida Fish and Wildlife Comisión ofrece varias maneras de tomar el curso de un navegante en línea de seguridad. También ofrecen en el lugar las clases y cursos por correspondencia para los navegantes pueden completar los requisitos de la manera más conveniente posible.
Por razones de seguridad personal, todo el mundo a bordo de su embarcación debe llevar un Dispositivo de flotación personal (PFD). La ley de Florida requiere que:
El propietario y / u operador de un buque es responsable de transportar, almacenar, mantener y utilizar el equipo de seguridad requerido por los EE.UU. Coast Guard (USCG).
Todas las Embarcaciones deben tener a bordo de un portátil aprobado por la USCG dispositivo de flotación personal (PFD) para cada persona. Los chalecos salvavidas deben ser del tamaño adecuado para el usuario previsto, estará en condiciones de servicio, y con fácil acceso. El Estado de la Florida insta a todas las personas a bordo de un barco a usar un chaleco salvavidas.
Embarcaciones de 16 pies de eslora o más deben tener al menos un aprobado por la USCG arrojadiza PFD Tipo IV que está disponible de inmediato en caso de una caída por la borda.
Un niño menor de 6 años deben usar un tipo aprobado por la USCG I, II o III de dispositivos de flotación personal, mientras que a bordo de una embarcación de menos de 26 pies de largo, mientras que el buque esté en marcha. "En Proceso" se define como cualquier momento, excepto cuando el buque está anclado, amarrado, amarrado a la orilla o varado.
Florida accidentes de navegación se puede en el parpadeo de un ojo y por numerosas razones: se puede resbalar y caer al agua deslizándose en la cubierta o de la falta de atención, beber en el barco puede contribuir a una caída por la borda, el mal tiempo puede contribuir, y de ser golpeado por otro barco puede causar una caída por la borda. En la mayoría de los casos, el pasajero, o no tiene tiempo suficiente para coger un chaleco salvavidas antes de caer al agua o se encuentra inconsciente e incapaz de poner en un chaleco salvavidas, así que es importante para todos los pasajeros navegar a usar un PFD en todo momento.
Florida abogado de accidentes de Canotaje, José M. Maus, ha operado barcos en todo el sur de la Florida, las Bahamas y los Cayos de la Florida por más de 30 años. Si usted o un ser querido ha estado involucrado en la Florida accidentes de navegación, obtener consejos de los experimentados abogados de la Florida accidente de navegación en la Oficina de Derecho de José M. Maus, para determinar sus derechos. Para una consulta gratis y sin compromiso, llame al teléfono gratuito 866-556-5529 o visite www.mauslawfirm.com hoy.
fuente
http://es.prmob.net/barco/dispositivo-de-flotaci%C3%B3n-personal/bahamas-1196323.html
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